Normativa Nacional

El Real Decreto-ley 36/2020 se configura como el instrumento principal para facilitar la ejecución de los fondos europeos de recuperación Next Generation EU (compuestos por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y REACT-EU), centrándose en la primera fase de ejecución de los mismos, que abarca las reformas e inversiones para el periodo 2021-2023. Para conseguir impulsar la recuperación a la crisis provocada por el COVID-19 y lograr un impacto máximo en la economía, se han movilizado aproximadamente 70.000 millones de euros en transferencias del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

Entre las medidas contenidas en la norma, destaca la recuperación de la figura de las agencias estatales, así como la creación de un nuevo instrumento de colaboración público/privada: los proyectos estratégicos para la Recuperación y Transformación Económica (PERTE).

Asimismo, hay que reseñar la regulación de una serie de especialidades de gestión y control presupuestario del Plan, entre las mismas la posibilidad de realizar pagos anticipados con carácter previo a su ejecución, la flexibilización de las reglas de gestión del gasto para fondos a transferir a las Comunidades Autónomas, el aumento del número de las anualidades para adquirir compromisos presupuestarios, etc.

En materia de fiscalización y control, se aplicará el régimen de intervención previa de requisitos básicos como norma general y estos expedientes gozarán de prioridad en su tramitación.

Asimismo, en materia de contratación administrativa, será posible la aplicación del procedimiento de urgencia en los contratos financiados con fondos de recuperación, a la vez que se amplían los umbrales económicos de los procedimientos abiertos simplificados, ordinario y abreviado, entre otras medidas.

Dentro del ámbito subvencional, se simplifica la documentación que deben presentar los beneficiarios de las subvenciones y se contempla la posibilidad de otorgar subvenciones de concurrencia competitiva mediante resoluciones de concesión por orden de presentación de solicitudes.

Más allá del mencionado Real Decreto-Ley, también hay otros dos textos legales relevantes en el ámbito nacional, las Órdenes Ministeriales 1030/2021 y 1031/2021. 

La Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre establece un sistema de gestión y control de los proyectos financiados en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Establece unos conceptos o principios para los que da una definición, entre ellos el concepto de “hito”, el de “etiquetado verde y digital” o el principio de no causar daño significativo (do no significant harm, DNSH por sus siglas en inglés). También establece obligaciones para los distintos participantes de los fondos, por ejemplo, la de identificación del perceptor final de los fondos o las obligaciones de comunicación de los beneficiarios.

Por otro lado, detalla la creación de una plataforma de seguimiento de los proyectos financiados (en la actualidad se trata de la plataforma CoFFEE para la gestión de fondos europeos).  

Por último, cabe destacar que la orden incluye diversos test de autodiagnóstico (sobre diversos temas, por ejemplo, control de gestión o hitos y objetivos). El objetivo de estos test es limitar los riesgos en las acciones que se lleven a cabo en el marco del PRTR y mostrar a las entidades que los hagan sus puntos débiles para que puedan corregirlos.  

La Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre regula la información de seguimiento de proyectos que debe presentarse, de qué modo y con qué frecuencia para los proyectos financiados en el marco del MRR. Detalla estos requisitos para la información de seguimiento de proyectos, la información de ejecución contable, la relativa al seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y otros tipos de información (por ejemplo, los requisitos sobre información de los perceptores finales de los fondos). Para algunas de estas informaciones, se detalla, en el Anexo, el formato orientativo en el que se deben remitir.