El Decreto Ley 3/2021, de 16 de febrero tiene como objetivo establecer el marco legal que rija la absorción y gestión de dichos recursos en la Comunidad Autónoma de Andalucía una vez se haya llevado a cabo la distribución de estos fondos por parte del Gobierno Central.
Con la finalidad de ejecutar de forma más eficiente los proyectos relativos a los fondos europeos, se establecen medidas de flexibilización y agilización de los procedimientos administrativos que reduzcan los tiempos de tramitación administrativa, atribuyendo la dirección, coordinación y seguimiento de los fondos europeos a la Comisión Delegada para la Estabilidad Presupuestaria y la sostenibilidad Financiera. Asimismo, se crea un Comité Técnico para el Seguimiento de la Ejecución de los Fondos Europeos.
En materia presupuestaria, se flexibiliza el mecanismo para realizar gastos de tramitación anticipada. Asimismo, se incluyen medidas en materia de contratación, de subvenciones y convenios, entre las que destacan: la eliminación del informe preceptivo y vinculante de la oficina Andaluza de Evaluación Financiera para proyectos de inversión a ejecutar a través de colaboraciones público-privada y financiados, total o parcialmente, con cargo a los fondos europeos; la creación de la Dirección General de Contratación y de la Oficina Técnica de coordinación de la contratación con Fondos Europeos; la elaboración de modelos de pliegos de cláusulas administrativas de uso obligatorio; la simplificación de la documentación justificativa a presentar por los beneficiarios de subvenciones o la posibilidad de realizar pagos anticipados al acreedor de la Administración para llevar a cabo operaciones preparatorias.