El pasado 29 de diciembre se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Orden Orden ICT/1307/2022, de 22 de diciembre por la que se modifican las bases y se aprueba la Convocatoria de ayudas correspondiente al PERTE AGROALIMENTARIO. Las ayudas objeto de esta orden quedan enmarcadas dentro del componente 12 (Política Industrial) Inversión 2 (C12.I2) «Programa de Impulso de la Competitividad y Sostenibilidad Industrial».
El objetivo principal de este PERTE es apostar por la innovación, la digitalización y la sostenibilidad del sector, a través de programas de apoyo e instrumentos transformadores que promuevan una producción y una industria agroalimentaria sostenible, competitiva y resiliente y cuentan con una dotación presupuestaria de 510 millones de euros.
Se trata de una convocatoria en régimen de concurrencia competitiva (cada proyecto será sometido a valoración) y con efecto incentivador (es decir, las actuaciones no podrán estar iniciadas con anterioridad a la presentación de la solicitud). Las ayudas que se concedan podrán ser bien en forma de préstamo o de subvención.
La línea de ayuda regulada en esta orden de bases está destinada al apoyo a proyectos tractores integrados por proyectos primarios estructurados en torno a tres bloques que reflejan los aspectos más importantes con vistas al futuro desarrollo de la industria agroalimentaria. Estos bloques son los siguientes:
a) La competitividad.
b) La sostenibilidad.
c) La trazabilidad y seguridad alimentaria.
Cada proyecto tractor presentado, deberá tener un presupuesto financiable mínimo de 10 millones de euros y deberá incluir proyectos primarios que cubran el desarrollo y ejecución de actuaciones de un mínimo de dos de los tres bloques, debiendo ser uno de ellos, obligatoriamente, el de trazabilidad y seguridad alimentaria y limita a uno el número de proyectos tractores que podrá presentar una misma agrupación de empresas.
Actuaciones
Partiendo de los 3 ejes principales de actuación, se establecen en cada uno de estos 3 ámbitos el desarrollo de:
- Actuaciones a nivel individual y actuaciones en cooperación
- Actuaciones de carácter voluntario y actuaciones de carácter obligatorio
Bloque de competitividad
Actuación |
Individual /Cooperación |
Voluntaria/Obligatoria |
Automatización de procesos. |
Individual |
Obligatoria |
Sensorización de procesos y toma y tratamiento masivo de datos. |
Individual |
Obligatoria |
Introducción de robótica. |
Individual |
Voluntaria |
Implantación de sistemas de visión artificial en los procesos productivos. |
Individual |
Voluntaria |
Innovación en la gestión de aprovisionamientos y la logística interna de la empresa. |
Individual |
Voluntaria |
Implantación de soluciones de inteligencia artificial y simulación de procesos. |
Individual |
Voluntaria |
Integración a través de la digitalización para la mejora en la eficiencia de los procesos. |
Cooperación |
Obligatoria |
Diseño de mecanismos de toma de decisión conjunta basados en digitalización. |
Cooperación |
Voluntaria |
Optimización del mantenimiento a lo largo de la cadena de valor de un producto. |
Cooperación |
Voluntaria |
Bloque de sostenibilidad
Actuación |
Individual /Cooperación |
Voluntaria/Obligatoria |
Actuaciones de ahorro energético en planta. |
Individual |
Obligatoria |
Reducción de los consumos de recursos. |
Individual |
Obligatoria |
Implantación de instalaciones de energía renovable y autoconsumo. |
Individual |
Voluntaria |
Puesta en marcha de sistemas de aprovisionamiento sostenible. |
Individual |
Voluntaria |
Introducción de sistemas de reutilización y depuración de agua. |
Individual |
Voluntaria |
En procesos de envasado, introducción de nuevos materiales y diseños. |
Individual |
Voluntaria |
Gestión ambiental conjunta. |
Cooperación |
Obligatoria |
Adopción de compromisos globales de reducción de huella ambiental de un producto. |
Cooperación |
Obligatoria |
Propuestas para el diseño del ciclo de vida integral de un producto. |
Cooperación |
Voluntaria |
Bloque trazabilidad y seguridad alimentaria
Actuación |
Individual /Cooperación |
Voluntaria/Obligatoria |
Elaboración y ejecución de un plan integral de trazabilidad y seguridad alimentaria (PITSA) |
Cooperación |
Obligatoria |
En cuanto a la composición de estas agrupaciones de empresas, deberán estar formadas, como mínimo, por 4 empresas independientes, de las que, al menos una será una gran empresa, y además deberá estar integrada por un mínimo de 3 pequeñas y medianas empresas (en adelante PYMES).
Alternativamente también serán válidas aquellas agrupaciones constituidas únicamente por PYMES siempre que dos de ellas sean medianas empresas.
En el caso de las asociaciones de empresas, se establece también un límite máximo de hasta 60 entidades por agrupación.
Será necesario también que estos proyectos tengan implantación en un ámbito geográfico que abarque al menos a dos Comunidades Autónomas. En este caso, para la justificación de esta implantación geográfica se tendrá en cuenta, en su caso, también las actuaciones cuya ejecución sea subcontratada. En este sentido, cabe señalar que la convocatoria permite subcontratar hasta el 70% de cada uno de los proyectos primarios.
Estos beneficiarios que podrán tomar parte serán las sociedades mercantiles privadas, sociedades cooperativas y sociedades agrarias de transformación (SAT) con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro correspondiente.
Los beneficiarios han de desarrollar alguna o varias de las actividades incluidas en el anexo II de la orden de bases, correspondientes a los códigos CNAE 10, 11 y 12, según clasificación CNAE 2009) así como actividades desarrolladas en el ámbito de la industria agroalimentaria consistentes, entre otras, en el calibrado, clasificación, manipulación, transformación, conservación y envasado de productos alimentarios que, pese a implicar una actividad industrial, no estén incluidas en las CNAE 10, 11 y 12.
Se admiten también otras actuaciones que, si bien no se encuentran expresamente citadas entre las anteriores, se considere que sean ineludibles ya sea dentro de los procesos industriales del ámbito agroalimentario, o para realizar las actividades necesarias del proyecto tractor, o formen parte de la cadena de valor de la industria agroalimentaria.
El porcentaje subvencionable podrá alcanzar hasta un máximo del 80% del gasto subvencionable, siempre con un límite máximo de la subvención de 20 millones de euros, si bien el porcentaje y el límite máximo oscilarán en función del tipo de proyecto de que se trate (investigación industrial, innovación en organización y procesos, desarrollo experimental, …) y del tipo de empresas participantes.
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