- Se entiende por comunidad energética a la persona jurídica basada en la participación abierta y voluntaria, efectivamente controlada por socios o miembros que sean personas físicas, pymes o entidades locales, que desarrolle proyectos de energías renovables, eficiencia energética y/o movilidad sostenible que sean propiedad de dicha persona jurídica y cuya finalidad primordial sea proporcionar beneficios medioambientales, económicos o sociales a sus socios o miembros o a las zonas locales donde operan, en lugar de ganancias financieras.
- Además, deben tener su domicilio fiscal en España.
Programa CE Implementa
Fecha de convocatoria
Martes, 1 de febrero de 2022
Fecha límite
Martes, 1 de marzo de 2022
Modalidad de participación
-
Individual
Tamaño de convocatoria
Subvención
Características de la convocatoria
Resumen
Se establecen las bases reguladoras y el procedimiento de gestión de la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a incentivar las inversiones correspondientes para la ejecución de proyectos piloto de comunidades energéticas.
Serán subvencionables las actuaciones objeto de los proyectos piloto singulares que se realicen en las siguientes áreas de actuación:
- Energías renovables eléctricas: Asociadas a una o varias de las siguientes fuentes de energía: biomasa, biogás u otros gases renovables, eólica, hidráulica y solar fotovoltaica.
- Energías renovables térmicas: Asociadas a una o varias de las siguientes fuentes de energía: aerotermia, biomasa, biogás, biometano u otros gases renovables, geotermia, hidrotermia y solar térmica.
- Eficiencia energética: mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.
- Movilidad sostenible: implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos y adquisición de vehículos eléctricos «enchufables» y de pila de combustible para movilidad compartida.
- Gestión de la demanda: almacenamiento detrás del contador y sistemas de regulación mediante almacenamiento hidráulico u otros sistemas de almacenamiento innovadores que podrán incluir baterías de próxima generación o nuevos aprovechamientos de baterías vehiculares.
Condiciones de participación:
Conceptos financiables:
Se consideran gastos subvencionables los siguientes:
- Los costes de gestión de la solicitud y de la justificación de la realización de las actuaciones de la ayuda, incluida la redacción de informes y demás documentación requerida para la solicitud y justificación.
- La elaboración de los proyectos técnicos relacionados con la realización de las actuaciones.
- Los costes de redacción de los pliegos objeto de licitación para la ejecución de las actuaciones de los proyectos subvencionables.
- Los costes de dirección facultativa de realización de las actuaciones.
- Los costes de coordinación de Seguridad y Salud de la obra y montaje.
- Los costes de ejecución de las obras, incluyendo obra civil y/o montaje de las instalaciones.
- La inversión en equipos y materiales relacionados con las actuaciones objeto de ayuda, así como instalaciones auxiliares.
- Sistemas de gestión, control activo y monitorización tanto de la generación como de la acumulación y la demanda de energía eléctrica o térmica de instalaciones consumidoras.
- Los costes de desarrollo de herramientas de gestión de la gobernanza y/o administración de la comunidad energética.
- Costes de comunicación relativos al cumplimiento de las obligaciones de información y publicidad en el marco del NextGeneration EU y el PRTR.
- Costes relativos al cumplimiento de las obligaciones del principio DNSH.
Política palanca:
- Palanca III “Transición energética, justa e inclusiva”
Componentes:
Intensidad de las ayudas
El importe de las ayudas a conceder se establecerá en cada convocatoria.
La intensidad máxima de la ayuda, establecida en % sobre los costes subvencionables, aplica en función de las siguientes áreas de actuación:
- Energías renovables eléctricas: 60%
- Energías renovables térmicas: 60%
- Eficiencia Energética: 30%
- Movilidad sostenible: 40% (Hasta 100 % para infraestructuras de recarga o repostaje de acceso público para vehículos de carretera de emisión cero o de bajas emisiones)
- Gestión de la demanda: Intensidad de ayuda máxima que aplique al área de actuación al que esté asociada.
Colectivo objetivo/beneficiarios:
- Comunidades Energéticas (personalidad jurídica controlada por socios o miembros que sean personas físicas, pymes o entidades locales).
Prioridades temáticas:
- Desarrollar proyectos realizados por comunidades energéticas en las áreas de energía renovable eléctrica y térmica, eficiencia energética, infraestructura para movilidad sostenible y gestión de la demanda.

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