El presupuesto de cada proyecto oscilará entre un mínimo de 100.000 euros y un máximo de 300.000 euros.
Su ejecución deberá finalizar antes del 30 de septiembre de 2023.
Las entidades que pretendan obtener estas subvenciones deberán, antes de la presentación de la solicitud, constituirse en agrupaciones compuestas por al menos una entidad del apartado “a” de los beneficiarios y una o varias del apartado “b” de beneficiarios.+
En lo concerniente al proyecto, es necesario carecer de ánimo de lucro, extremo que deberán acreditar mediante declaración responsable con el compromiso de hacer públicos los resultados y no registrar patentes ni derechos de propiedad intelectual sobre los resultados intermedios o finales del proyecto.
A estos efectos, se considera que carecen de fin de lucro en lo que se refiere al proyecto aquellas entidades que también desarrollen actividades de carácter comercial, siempre que los beneficios resultantes de las correspondientes al proyecto se inviertan en su totalidad en el cumplimiento de sus fines institucionales no comerciales.
Solo será subvencionable un único proyecto por cada agrupación solicitante de estas subvenciones, siempre que se desarrolle, al menos, en dos comunidades autónomas.