MOVES III - Comunidad Valenciana

Oportunidad para plan de recuperación para Europa Ayudas y subvenciones
Faltan 277 días

MOVES III - Comunidad Valenciana

Comunitat Valenciana Entidad convocante: Instituto Valenciano de la Competitividad Empresarial (IVACE)

Fecha de convocatoria

Jueves, 29 de julio de 2021

Fecha límite

Domingo, 31 de diciembre de 2023

Modalidad de participación

  • Individual

Tamaño de convocatoria

82,1M €

Ayuda directa

0 - 2,5M € (Max. 2,5M €)

Características de la convocatoria

Oportunidad marco

MOVES III “Ayuda otorgada a través de las comunidades autónomas”

Resumen

Estas ayudas sujetas a régimen de concurrencia no competitiva se dividen en dos líneas de actuación:

  • Línea 1: adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila combustible.
    • Presupuesto:  30.000.000 € + (Ampliación de crédito) 18.000.000 €  = 48.000.000 €
  • Línea 2: implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.
    • Presupuesto:   10.500.000 € + (Ampliación de crédito) 23.566.589€  = 34.066.589 € 

Este programa de ayuda se encuadra en dentro del componente 1 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; concretamente, en la inversión 2: "Plan de incentivos a la instalación de puntos de recarga públicos y privados, a la adquisición de vehículos eléctricos y de pila de combustible y líneas de impulso a proyectos singulares y de innovación en electro movilidad, recarga e hidrógeno verde".

Condiciones de participación:

La fecha de factura de compraventa y fecha de matriculación deberá ser posterior al 9 de abril de 2021. Excepto para las personas jurídicas, que deberá de ser posterior a la fecha de registro de la solicitud.

Los beneficiarios deberán de residir o tener su sede en el territorio de la Comunidad Autónoma de Valencia.

Las personas y entidades beneficiarias de estas ayudas, en el plazo de ocho meses contados desde la fecha de notificación de la resolución de concesión de la ayuda, deberán justificar a través de los concesionarios/puntos de venta, o en su caso, de forma directa, la realización de la actuación objeto de subvención

Régimen aplicable de ayudas de Estado:

El límite de ayuda para las personas físicas será de un coche subvencionable.

Conceptos financiables:

  • La adquisición directa o por medio de operaciones de financiación por leasing financiero o arrendamiento por «renting» de vehículos nuevos, matriculados por primera vez en España a nombre del destinatario último de la ayuda, salvo en los casos de «renting» en los que podrá estar matriculado a nombre de la empresa de «renting».
  • La adquisición de vehículos eléctricos y de pila de combustible de categorías M1, N1, L3e, L4e y L5e y con hasta nueve meses de antigüedad desde la primera matriculación y cuya titularidad deberá ostentarla un concesionario o punto de venta del grupo fabricante. (Vehículos de demostración).
  • La instalación de los sistemas de recarga de baterías para vehículos eléctricos. Se consideran costes subvencionables: el proyecto, la obra civil, los costes de ingeniería y dirección de obra, el coste de la propia infraestructura de recarga, la instalación o actualización de cualquier elemento eléctrico, trabajos de conexión a la red de distribución, centros de seccionamiento y transformación y acometida de media tensión, la adecuación de terrenos o carreteras, los costes de instalación y costes por permisos.

Política palanca:

  • Política Palanca 1, “Agenda urbana y rural y lucha contra la despoblación”.

Componentes:

Cuantía de las ayudas

Línea 1- Para la adquisición de coches eléctricos.

Para los beneficiarios que realicen una actividad económica por cual ofrezcan bienes y servicios, la subvención máxima que podrán recibir será aquella que establezca, según su caso, la normativa de minimis; para el resto de beneficiarios, el límite de ayuda será de cincuenta vehículos por destinatario último y año.

1.1- En el caso de ser una persona jurídica:

Motorizacion Categoría Autonomía en Km Límite precio de venta del vehículo (€) Ayuda (€)
Sin achatarramiento Con achatarramiento
PYME Gran empresa PYME Gran empresa
Pila combustible M1                2.900                                         2.200   4.000   3.000  
PHEV, EREV, BEV Mayor o igual de 30 y menor de 90 45.000 (53.000 para vehiculos BEV de 8 o 9 plazas) 1.700   1.600   2.300   2.200  
Mayor o igual de 90 2.900   2.200   4.000   3.000  
PHEV, EREV, BEV, pila de combustible N1 Mayor o igual de 30    3.600   2.900   5.000   4.000  
L6e   800           1.000  
L7e 1.200            1.500  
L3e, L7e, L5e, con P>3kW Mayor o igual de 70 10.000 750   700   950   900  

1.2- En el resto de los casos:

Motorizacion Categoría Autonomía en Km Límite precio de venta del vehículo (€) Ayuda (€)
Sin achatarramiento Con achatarramiento
Pila combustible M1 - - 4.500   7.000  
PHEV, EREV, BEV Mayor o igual de 30 y menor de 90 45.000 (53.000 para vehiculos BEV de 8 o 9 plazas) 2.500   5.000  
Mayor o igual de 90 4.500   7.000  
PHEV, EREV, BEV, pila de combustible N1 Mayor o igual de 30  - 7.000   9.000  
L6e   1.400   1.600  
L7e 1.800   2.000  
L3e, L7e, L5e, con P>3kW Mayor o igual de 70 10.000 1.100   1.300  

 

Además, se añadirá un 10% a la subvención en los siguientes casos:

  • Personas físicas con discapacidad.
  • Habitantes de municipios con menos de 5.000 habitantes.
  • Si el vehículo se destina al uso de taxi o a servicios de Vehículo de Transporte con Conductor (VTC)

Estos incrementos en las ayudas no son acumulables.

Línea 2 - Para la instalación de las infraestructuras de recarga

El límite de ayuda será de 800.000 euros por expediente, salvo para los beneficiarios sujetos al reglamento de minimis, que podrán recibir un máximo de 200.000 euros, así como las personas físicas que no ofrezcan bienes y servicios, que tendrán un límite de 5.000 euros por expediente.

En ningún caso a un mismo destinatario último podrá concedérsele más de dos millones y medio de euros en todo el periodo de vigencia de la convocatoria.

 

Destinatarios últimos

Ayuda (% coste subvencionable)

Localización general

Municipios < 5.000 habitantes

Autónomos, Particulares, Comunidades de Propietarios y Administración sin actividad económica

70%

80%

Empresas y entes públicos con actividad económica, recarga acceso público y P >= 50kW

35%

(45% mediana empresa)

(55% pequeña empresa)

40%

(50% mediana empresa)

(60% pequeña empresa)

Empresas y entes públicos con actividad económica, recarga acceso privado o público y P < 50kW

30%

 

40%

 

Inversión:

Plan de incentivos a la instalación de puntos de recarga, a la adquisición de vehículos eléctricos y de pila de combustible y a la innovación en electromovilidad, recarga e hidrógeno verde.

Colectivo objetivo/beneficiarios:

  • Micro pymes
  • Empresas pequeñas
  • Empresas medianas
  • Grandes empresas
  • Asociaciones empresariales
  • Entidades privadas sin ánimo de lucro
  • Universidades y centros de investigación
  • Comunidades energéticas y de vecinos
  • Particulares
  • Autónomos
  • Administraciones públicas
  • Las personas jurídicas y otras entidades, con o sin personalidad jurídica, cuyo NIF comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, R o W, que tengan su domicilio social en la Comunitat Valenciana.
  • Las comunidades de propietarios con domicilio en la Comunitat Valenciana
  • Las personas físicas mayores de edad (a excepción de los casos de discapacidad, que podrán ser menores de edad) con residencia en la Comunitat Valenciana
  • Personas físicas que desarrollen actividades económicas, que tengan su domicilio de la actividad en la Comunitat Valenciana
  • Las entidades locales, siempre que no ejerzan actividades económicas por las que ofrezcan bienes y servicios en el mercado. No podrá ser beneficiaria la administración autonómica de la Comunitat Valenciana.

Prioridades temáticas:

  • Icon.Sector.A
  • Icon.Sector.B
  • Icon.Sector.C
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  • Icon.Sector.F
  • Icon.Sector.G
  • Icon.Sector.H
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  • Icon.Sector.O
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  • Icon.Sector.S
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  • Icon.Sector.U
  • Icon.Theme.I
  • Adquisición de vehículo eléctrico.
  • Despliegue de infraestructuras de recarga.

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